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Program Integrity Q&A

Infracciones y fraude del programa (integridad del programa)

¿Por Catching Violaciónes del programa y el fraude es importante
¿Qué son las infracciones del programa y el fraude?
Cómo violaciónes y el fraude son investigados
Las sanciones por la comisión de Violaciónes y Fraude
Violaciónes de informes y el fraude
confidencialidad

¿Por Catching Violaciónes del programa y el fraude es importante

El gobierno federal asigna una cantidad fija de fondos a la Autoridad de Vivienda con la que debe proporcionar ayuda para el alquiler al mayor número posible de familias. Cuando una familia participante recibe más asistencia para el alquiler de la debida, esos fondos adicionales de asistencia para el alquiler no están disponibles para ayudar a otra familia.

A cada familia se le pide que gaste aproximadamente el 30% de sus ingresos en el alquiler. Esta es una cantidad razonable que se debe pagar, pocas familias en el mercado privado pagan un porcentaje tan pequeño de sus ingresos en alquiler.

Al tergiversar, no declarar ingresos o participar en violaciones del programa, la persona que lo hace no sólo está engañando a los contribuyentes y al gobierno federal, sino que está estafando a otra familia de bajos ingresos sin recibir asistencia.

La gran mayoría de las familias que actualmente reciben asistencia para el alquiler, así como miles de familias en la lista de espera, son honestas, cumplen las reglas y aprecian la asistencia para el alquiler cuando la reciben.

La Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz está comprometida a eliminar el fraude y la deshonestidad de sus programas y ha creado una unidad de investigación especial llamada Unidad de Integridad del Programa con personal capacitado en investigación.

Si sospecha que se está produciendo una infracción o fraude del programa, le recomendamos que lo informe a la unidad de Integridad del programa.

(Ve arriba)

¿Qué son las infracciones del programa y el fraude?

Algunas ideas erróneas sobre los programas de la Autoridad de Vivienda llevan a las personas a asumir que se está produciendo una violación o fraude del programa, cuando no es así. Las familias no tienen que recibir asistencia social para calificar para el programa; de hecho, se anima a las familias a trabajar, aumentar sus ingresos y, finalmente, salir del programa.

Las personas que viven juntas como un hogar estable pero que no están casadas son elegibles para el programa, al igual que las familias sin hijos, las personas solteras, los ancianos y las personas con discapacidad. Sin embargo, todas las personas que viven en el hogar y los ingresos de todas las personas en el hogar deben informarse a la Autoridad de Vivienda de inmediato.

Algunos ejemplos de violaciones o fraude del programa por parte de un participante o inquilino del programa:

  • Las representaciones erróneas de hechos
  • Omisión de los hechos
  • Hacer declaraciones falsas
  • Acostado en formularios de declaración personales
  • Incumplimiento de los requisitos del programa.
  • No declarar todos los ingresos y/o activos.
  • Falsificación de documento y/o firmas.
  • No informar con prontitud los cambios en los ingresos o la composición del hogar.
  • Permitir que personas adicionales vivan en la casa sin la aprobación de la Autoridad de Vivienda y del propietario.
  • Subarrendar total o parcialmente la unidad de alquiler.
  • Pagar más alquiler al propietario que el monto indicado en el Anexo de arrendamiento del contrato de arrendamiento (también llamado “pagos adicionales”).
  • Cobrar el alquiler de un asistente residente.
  • Cometer un acto delictivo grave.
  • Ser propietario o tener un interés financiero en la unidad de alquiler.

Algunos ejemplos de violaciones del programa o fraude por parte de un propietario:

  • Cobrar pagos adicionales de la familia más allá de lo establecido en el Anexo de arrendamiento del contrato de arrendamiento (también llamados “pagos adicionales”).
  • Aceptar pagos de Asistencia de Vivienda para una unidad vacante.
  • Vivir en la misma unidad de alquiler que el participante del programa.

(Ve arriba)

Cómo violaciónes y el fraude son investigados

La Autoridad de Vivienda tiene muchas fuentes y métodos de investigación a su disposición. Se podrá entrevistar a amigos y vecinos o realizar actividades de vigilancia.

También se pueden utilizar bases de datos gubernamentales que proporcionen registros de ingresos, activos, lugares de residencia, antecedentes penales y otra información.

La Autoridad de Vivienda también trabaja en estrecha colaboración con las autoridades y otras agencias públicas para realizar investigaciones conjuntas y coopera plenamente en procesos penales y civiles.

(Ve arriba)

Las sanciones por la comisión de Violaciónes del programa y Fraude

Las sanciones van desde la pérdida de la asistencia para el alquiler hasta el procesamiento y el encarcelamiento. Los infractores pueden recibir una multa y también se les puede exigir que reembolsen toda la asistencia para el alquiler pagada en exceso.

Según el programa de la Sección 8, si se determina una infracción, la Autoridad de Vivienda podría suspender la asistencia para el alquiler, pero el propietario puede permitir que el infractor permanezca en la unidad de alquiler. La Autoridad de Vivienda no puede desalojar ni sacar de la casa a la familia infractora, sólo el propietario puede desalojar.

(Ve arriba)

Informes sobre posibles fraudes y Violaciónes Programa

por teléfono: la información se puede brindar de manera confidencial llamando a la unidad de Integridad del Programa al 454-9455, extensión 251. Si el Oficial de Integridad del Programa no está disponible, se puede dejar un mensaje en el buzón de voz seguro al que solo tiene acceso el Oficial de Integridad del Programa.

electrónicamente: también se puede realizar un informe de forma confidencial a través de este sitio web completando el formulario Programa Violación Formulario de Informe. Este formulario va directamente desde el sitio web al Oficial de Integridad del Programa.

Escrito: el Programa Violación Formulario de Informe También se puede imprimir desde el sitio web y enviarlo por correo o dejarlo en la Autoridad de Vivienda, 2160 41st Avenue, Capitola, CA 95010, atención: Oficial de Integridad del Programa/Información Confidencial.

(Ve arriba)

confidencialidad

Todos los informes de violaciones y fraudes del programa se mantienen en estricta confidencialidad.

Con base en la información recibida de manera confidencial, el Oficial de Integridad del Programa de la Autoridad de Vivienda llevará a cabo una investigación independiente y no revelará el nombre de la persona que proporciona la información. Si el Oficial de Integridad del Programa determina que un caso no se puede probar sin usar información que revele la identidad del informante, el Oficial de Integridad del Programa se comunicará con el informante para pedirle permiso para usar información de identificación. Si no se otorga permiso, no se utilizará el nombre del informante, pero es posible que el caso no pueda avanzar.

Debido a requisitos de confidencialidad, la Autoridad de Vivienda no podrá hacer ninguna declaración sobre el estado de las investigaciones o los resultados. Las investigaciones y el proceso de despido y/o enjuiciamiento pueden ser largos; No se debe dar por sentado que no se están tomando medidas simplemente porque la familia permanece en el hogar.

Income Verification & Deductions Q&A

Documentación y verificación de ingresos de su familia

¿Qué tipo de ingresos debo declarar a la Autoridad de Vivienda?

  • Primero, DEBE declarar TODOS los ingresos que recibe cualquier miembro de su familia y TODOS los bienes que tiene cualquier miembro de su familia.
  • La Autoridad de Vivienda revisa la información y le exige que proporcione documentación para verificar todos sus ingresos y bienes.
  • Es posible que algunos tipos de ingresos o activos no se incluyan en el cálculo de su alquiler, pero aún así debe informarlos.

¿Qué tipo de ingresos debo declarar a la Autoridad de Vivienda?

Debe informarnos todos los ingresos, incluso si cree que ya lo sabemos o incluso si cree que “no cuenta” para nuestros programas. Esto incluye, pero no se limita a:

  • Sueldos, salario y propinas
  • Bienestar, Seguridad Social y otros beneficios, incluso si los beneficios están destinados a un niño.
  • Manutención infantil, pensión alimenticia y otro tipo de apoyo de amigos o familiares, incluido alguien que paga facturas, compra alimentos o brinda otra asistencia no monetaria
  • ayuda financiera y préstamos estudiantiles
  • Ingresos de trabajo por cuenta propia y trabajo por dinero en efectivo, incluidos trabajos secundarios como cuidado de jardines, cuidado de niños, venta de mercancías en el mercado de pulgas, etc.
  • Compensación laboral, desempleo, pagos por incapacidad, etc.

¿Qué tipo de bienes debo reportar?

Debe informar todos los bienes de propiedad de cualquier miembro de su familia a la Autoridad de Vivienda.

Generalmente, el valor del activo no cuenta como ingreso. Sólo contarán los ingresos (como los intereses) producidos por el activo. Si el activo no produce ningún ingreso, como dinero en una cuenta corriente que no devenga intereses, la Autoridad de Vivienda utilizará una tasa de interés supuesta para estimar los ingresos.

Los activos que debe declarar incluyen, entre otros:

  • cuentas bancarias
  • cuentas de pensiones y jubilaciones
  • Bienes inmuebles y otros bienes
  • Fideicomisos, incluidos fideicomisos para necesidades especiales
  • Acuerdos, herencias y otras indemnizaciones en efectivo a tanto alzado
  • La propiedad de una empresa o sociedad

¿Cómo verificarán los ingresos que informo?

Le exigiremos que proporcione documentación de todos sus ingresos y activos. La mayor parte de la documentación debe estar en forma de documentos originales, así que haga copias fotográficas para guardarlas en sus registros. Los documentos requeridos incluyen recibos de pago, extractos bancarios, cartas de beneficios, declaraciones de impuestos, etc. Se le dará una lista específica del tipo de documentos necesarios.

También obtendremos verificación directa de una base de datos en línea mantenida por HUD, llamada EIV. Esta base de datos incluye información sobre ingresos y beneficios sobre usted y su hogar. Utilizaremos la base de datos para confirmar la información que nos ha proporcionado. Para obtener más información sobre EIV, consulte el folleto llamado “Lo que debe saber sobre EIV” disponible en la oficina y el sitio web de la Autoridad de Vivienda.

Finalmente, si aún necesitamos más información, podemos comunicarnos directamente con un empleador, banco, agencia, etc. y pedirles que completen un formulario verificando sus ingresos o activos y que nos lo devuelvan directamente.

¿Cómo documento el trabajo por cuenta propia o los ingresos en efectivo?

Si trabaja por cuenta propia, trabaja por dinero en efectivo o recibe dinero u otro apoyo de amigos o familiares, aún debe documentar este ingreso.

  • Para el trabajo por cuenta propia (cuidado de niños, cuidado de jardín, trabajo independiente, etc.), proporcione una declaración de ingresos y gastos o utilice nuestro Formulario de verificación de trabajo por cuenta propia.
  • Mantenga un registro escrito del efectivo recibido, incluidas las fechas, los montos y quién proporcionó el efectivo.
  • Muestre extractos bancarios que documenten que se depositó efectivo.
  • Mantenga registros durante todo el año y esté preparado para proporcionar esta información a la Autoridad de Vivienda anualmente.
  • Proporcione nombres e información de contacto de las personas que le proporcionaron los ingresos. Es posible que nos comuniquemos con ellos directamente para su verificación.

¿Qué pasa si alguien de mi familia no declara sus ingresos o bienes?

El cabeza de familia es responsable de asegurarse de que todos los miembros de la familia informen plenamente sobre sus ingresos y bienes.

No informar esta información, así como cualquier cambio, puede resultar en que su familia deba pagar el subsidio y/o que se le cancele el programa, entre otras sanciones. Ver el Program Fraud Q&A para más información.

Annual Recertification Q&A

Sobre el proceso de recertificación anual

¿Por qué la Autoridad de Vivienda realiza recertificaciones anuales?

El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) nos exige que revisemos los ingresos, los bienes y la composición familiar de cada familia a la que asistimos una vez al año.

Debe proporcionar toda la información que necesitamos para recertificar a su familia anualmente. La mayoría de las familias reciben asistencia por valor de varios miles de dólares cada año; a cambio, le pedimos que cumpla con las reglas del programa y proporcione esta información anualmente.

De vez en cuando, la Autoridad de Vivienda puede cambiar la fecha de su recertificación anual. Sin embargo, se realizará una recertificación anual completa una vez al año.

¿Qué pasa si proporcioné toda la información el año pasado y no ha habido cambios?

Incluso si nada acerca de su situación ha cambiado, aún debe proporcionar toda la información que le solicitamos.

¿Qué pasa si recientemente informé algunos cambios en mis ingresos? ¿Aún necesito completar la recertificación anual?

Sí. Incluso si recientemente hemos realizado una recertificación de ingresos "interina" basada en los cambios que usted nos informó, aún debemos completar la recertificación anual completa para todos los miembros de su familia.

¿No pueden obtener información sobre mis ingresos de otras fuentes?

Es su responsabilidad informarnos todos los ingresos y confirmaremos esta información con las agencias federales y estatales que recopilan datos de ingresos. Para obtener más información, consulte la Income Verification Q&A.

Ahora hay dos opciones para completar su recertificación anual (AR):

1) electrónicamente,
2) utilizando documentación en papel

¿Qué pasa si no me funciona completar mi AR electrónicamente?

Llámenos al (831) 454-5955 o envíenos un correo electrónico a [email protected] para hacérnoslo saber. Se harán arreglos para enviarle por correo un paquete AR en papel.

Si es electrónico: Será contactado por correo electrónico, 3-4 meses antes de la fecha de vencimiento del AR. Siga las indicaciones del Portal en línea para registrarse. Toda la información de recertificación anual se ingresará a través de este portal.

Si es en papel: Su paquete llegará por correo entre 3 y 4 meses antes de la fecha de recertificación anual. Planifique esto y organice su papeleo. Se incluirán más detalles en el paquete.

Para cualquiera de las dos opciones
Complete y envíe su paquete completo antes de la fecha de vencimiento. Su asistencia puede terminarse si no lo hace.

  • Si solicitamos documentos originales, haga copias usted mismo.
  • Si envía un documento por fax, envíelo también por correo. Algunos faxes pueden ser difíciles de leer.

¿Cómo sé si recibiste lo que te envié?

Le enviaremos una carta si nos falta algún documento. No llame inmediatamente después de enviarnos los documentos para preguntarnos si los recibimos, ya que esto solo ralentizará el proceso de revisión de los documentos.

¿Qué pasa si espero un cambio en mis ingresos, bienes o composición familiar?

Infórmenos, por escrito, tanto como sea posible sobre cualquier cambio que pueda tener lugar durante su recertificación anual. Para obtener más información, consulte nuestro Reporting Changes Q&A.

¿Qué pasa si estoy pensando en mudarme?

Si planea mudarse durante su proceso de recertificación anual, es importante que nos informe sus planes lo antes posible. Vea nuestro Transfer Q&A para obtener más información sobre cómo mudarse a otra unidad.

¿Habrá cambios en mi alquiler como resultado de la recertificación anual?

Podría haber cambios en el alquiler que paga si:

  • Sus ingresos o activos han cambiado.
  • Su arrendador ha solicitado un aumento de alquiler.
  • Alguien se ha mudado dentro o fuera de su hogar, lo que afecta la cantidad de habitaciones para las que es elegible.
  • El estándar de pago o las asignaciones de servicios públicos que utiliza la Autoridad de Vivienda para calcular su subsidio han cambiado.

Se le notificará por correo de cualquier cambio en el alquiler.

La mayoría de los programas de la Autoridad de Vivienda están diseñados para que las familias paguen aproximadamente un tercio de sus ingresos en alquiler. El gobierno federal considera que esta es una cantidad asequible para que cualquier familia pague la vivienda.

¿Qué pasa si no puedo reunir toda la información antes de la fecha límite?

La fecha límite de la Autoridad de Vivienda para la presentación de documentos de recertificación anual es firme. El incumplimiento de los plazos podría dar lugar a la terminación de su asistencia.

Le recomendamos que planifique con anticipación y mantenga archivada la información de ingresos y activos de todos los miembros de su familia para que sea más fácil enviar el paquete antes de la fecha límite. Si hay una crisis que causa un retraso, contáctenos de inmediato.

Special Needs Q&A

¿Qué tipo de asistencia ofrecen a las personas con discapacidad?

La Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz tiene programas de vales especiales para personas discapacitadas que cumplen ciertos criterios de elegibilidad. Para obtener una lista de todos los programas de cupones especiales, visite nuestro sitio web en https://dev.hacosantacruz.org/waiting-lists/waiting-lists-for-all-programs/ Además, si no tiene hogar o corre riesgo de quedarse sin hogar, comuníquese con https://housingforhealthpartnership.org/GetHelp/CoordinatedEntry.aspx o llame al 831-454-4122 o al 2-1-1.

Podría considerar comunicarse con el asistente social que tiene a través del Condado u otra agencia que no sea la Autoridad de Vivienda para analizar las opciones para usted.

¿Qué otras opciones podrían estar disponibles?

Cuando solicita o comienza a recibir asistencia de la Autoridad de Vivienda, nuestro personal puede ayudarlo con necesidades especiales como:

  • Autorizar a otra persona a hablar con nosotros, recibir correo o firmar documentos en su nombre.
  • Solicitudes de prórrogas de plazos importantes si el retraso estuviera relacionado con una discapacidad.
  • Solicitudes de un asistente residente, que es una persona que, debido a su discapacidad, debe vivir en su hogar y ayudarlo.
  • Solicitudes de alquiler de una unidad a un familiar si no puede encontrar otra unidad con las características especiales que necesita.
  • Solicitudes de un dormitorio adicional para guardar equipos médicos de gran tamaño o proporcionar espacio adicional relacionado con las discapacidades.
  • Otras necesidades especiales

¿Cómo hago una solicitud?

Complete el formulario de solicitud especial correspondiente, que puede descargar de nuestro sitio web, o llame a nuestra línea de información (# a continuación) para solicitar un formulario o realizar su solicitud verbalmente si no puede completar el formulario.

Haga su solicitud lo antes posible para que el tiempo de procesamiento no interfiera con sus necesidades de vivienda.

Sea específico sobre lo que está pidiendo.

Una vez que recibamos la solicitud, enviaremos un formulario directamente a su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado para verificar la necesidad. Asegúrese de que esa persona conozca sus necesidades y comprenda lo importante que es proporcionar la mayor cantidad de detalles posible en nuestro formulario y devolverlo rápidamente. Su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado no puede entregárselo; debe enviárnoslo directamente.

¿Cuándo sabré si mi solicitud ha sido aprobada?

Esto depende de cuánto tiempo le lleve responder a su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional con conocimientos. La mayoría de las solicitudes tardan más de 30 días en procesarse. Le enviaremos una carta notificándole nuestra decisión.

Aprobar una solicitud especial puede resultar en que usted reciba más asistencia para el alquiler que, de otro modo, se utilizaría para ayudar a otra familia.

Por este motivo, requerimos documentación exhaustiva de la necesidad y verificaremos que el alojamiento esté siendo utilizado.

¿Cuáles son los requisitos para los asistentes residentes?

  • Un asistente residente (LIA) no puede ser alguien que normalmente viviría con usted como parte de su familia o lo apoyaría financieramente. Un LIA es un empleado que usted contrata para brindar atención.
  • Su proveedor de atención médica o trabajador social debe verificar que necesita un LIA para realizar tareas esenciales relacionadas con su discapacidad durante las horas nocturnas. La Autoridad de Vivienda confirmará esta necesidad.
  • No puede cobrar alquiler a una LIA.
  • Un LIA no tiene ningún derecho al vale y no se considera parte del hogar asistido.
  • Los ingresos de una LIA no se cuentan como parte de los ingresos de su hogar.
  • Un LIA debe vivir con usted a tiempo completo y documentar que no tiene otra residencia.
  • No necesita nuestra aprobación para recibir ayuda durante el día, sólo que un LIA viva con usted.

¿Cuáles son los requisitos para alquilarle a un familiar?

Sólo se le permite alquilar a un familiar si:

  • Su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado verifica que usted necesita características especiales debido a una discapacidad, y
  • Se completa una Vivienda Formulario de búsqueda para demostrar que intentó encontrar otra unidad y que sus necesidades sólo pueden ser satisfechas por la unidad de su familiar.

¿Cómo puedo conseguir una unidad más grande o un dormitorio adicional?

Otorgar habitaciones adicionales significa que obtienes más asistencia para el alquiler que, de otro modo, podría ayudar a otra familia. Se aprueban habitaciones adicionales en situaciones limitadas para:

  • equipos médicos grande
  • Ciertas condiciones que hacen imposible que dos personas compartan habitación.

¿Cuándo puedo obtener una extensión de la fecha de vencimiento de mi bono?

Las extensiones debido a una discapacidad solo se otorgan si su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional con conocimientos documenta las fechas en las que su discapacidad le impidió buscar un alquiler. No hay garantía de que se concedan prórrogas. Si no alquila antes de la fecha límite, podría perder su bono. Continúe su búsqueda de vivienda y documente cada unidad con la que contacte en un Vivienda Formulario de búsqueda.

Si está buscando una unidad, ¡no asuma que su solicitud será aprobada! Continúe su búsqueda de vivienda. Es posible que no obtenga una extensión de su bono simplemente porque estaba esperando la aprobación de su solicitud.

Si desea una traducción en español, por favor llame al (831) 454-9455.

INCOME AND RENT DETERMINATIONS

Information about How Your Income is Counted in the Housing Choice Voucher Program (“Section 8”)

Definición de ingreso anual

HUD defines Annual Income as all amounts, monetary or not, received by each member of the family who is 18 years of age or older, or is the head of household or spouse, plus unearned income to, or on behalf of, any family member under age 18, or are anticipated to be received from a source outside the family during the 12-month period following admission or a reexamination effective date; and which are not specifically excluded. Annual income also means amounts derived (during the 12- month period) from assets to which any member of the family has access, but only when the family’s net assets exceed $50,000 (as adjusted annually by HUD). For HUD’s complete definition of Annual Income, including a listing of all income exclusions, see 24CFR5.609.

Cómo la Autoridad de Vivienda verifica los ingresos: descripción general

As a condition of housing assistance under the program, the Housing Authority requires the family to complete a detailed Initial Application and a Personal and Financial Statement listing all sources of income, assets, and other information needed to determine the appropriate level of subsidy, which is updated on an annual, bi-annual, or tri-annual basis (see below). Additionally, family members must sign a consent form, authorizing any financial institution, employer, Federal, State, or local agency, etc. to release information to the Housing Authority.

The Housing Authority has instituted an alternative reexamination schedule. In most cases, fixed-income households will be reexamined every three years, and non-fixed income households will be reexamined every two years. Some program participants (including but not limited to zero income households, and households participating in the Family Self Sufficiency and Shelter Plus Care programs) are required to complete annual reexaminations. Interim adjustments are also conducted upon request under specific qualifying events.

HUD exige que todos los ingresos, bienes y otra información familiar se verifiquen de acuerdo con los siguientes niveles de prioridad.

  1. Verificación de ingresos por adelantado: Upfront Income Verification is the verification of income, before or during a family reexamination, through an independent source that systemically and uniformly maintains income information in computerized form for a large number of individuals. In an effort to minimize HAP overpayments due to tenant misreporting and non-reporting of income, HUD has launched an upfront income verification tool called Enterprise Income Verification (EIV). EIV contains data regarding wages and benefits received by all program participants with valid Social Security Numbers.
  2. Written Third Party Verification (Tenant Documents): Written third party verification (tenant documents) are current, original documents generated by a third-party source.
  3. Written Third Party Verification Form (HA Form): In cases where the tenant is unable to provide documentation, or where the tenant provided documentation is not sufficient, the Housing Authority will contact the income source directly, in writing, to obtain the verification information.
  4. Verificación verbal de terceros: If the income source does not respond to a written request for information or provides incomplete or unclear information, the Housing Authority staff may contact the source by phone to request clarification on incomplete information.
  5. Tenant Declaration (Self-Certification): If no other verification is available, staff will note the reason in the file and require the tenant to sign an affidavit declaring their income.

Información sobre la verificación de tipos de ingresos específicos

The following is a list of the most common income types, as well as other items that the Housing Authority documents include details associated with how these items are verified. This is not a comprehensive list, as new income sources and other related items are added frequently.

Annual contributions/gifts: HUD requires that regular and ongoing contributions and gifts should be counted towards annual income. However, gifts or contributions that occur annually (such as Christmas or birthday gifts) are not considered regular or ongoing because they occur only once during the reexamination reporting period of one year. Therefore, such contributions and gifts are to be excluded if they are less than $1,000 per household.

Alternative Income Exclusions: The Housing Authority excludes income from asset-building activities, such as funds deposited into escrow accounts or other savings programs, when calculating rental subsidies.

Activos: For current program participants at regular reexaminations only, the Housing Authority will accept tenant self-certification of assets on the Personal and Financial Statement if total household assets are reported to be less than $50,000. For applicants in the eligibility process, and for current program participants with $50,000 or more in total household assets, the Housing Authority will collect current tenant provided documents, such as bank statements.

Cash on Hand: Occasionally Tenants report their cash on hand (as requested on the Personal and Financial Statement). Cash amounts less than $1,000 per household will not be counted as an asset. However, any amount of cash that is greater than or equal to $1,000 per household will be counted as an asset.

Childcare Expense Deductions: The Housing Authority must first verify that childcare expenses are used to enable a family member to work, actively seek employment, or further his/her education. For instance, childcare must be provided during the hours of work, education, etc. when there is no other activity (such as school) for the child.

Discapacidad: If a tenant receives SSI, the verification of the SSI payment is acceptable verification of the disability. If the tenant does not receive SSI, verification of disability, depending on the individual’s circumstances, will be requested from a doctor, other health care professional or a social worker, with medical or professional knowledge of the person’s disability. If such verification is not available, the Authority may consider other forms of verification on a case-by-case basis.

Estado de estudiante a tiempo completo: Full time student status must be verified using current tenant documents provided either by the household or by the school. Full time student status will be annually.

Estado de ciudadanía e inmigración: All program participants admitted to the program must sign a statement indicating whether they are a US citizen, a legal resident, or whether they do not contend to have eligible citizenship status (and will therefore receive prorated assistance). US citizens will be asked to provide proof of citizenship, which may include either a birth certificate, passport, or naturalization certificate. Non-citizens who are under the age of 62 years old must provide documentation of eligible immigration status (which is then verified in the E-Verify SAVE system).

Deducción de gastos de asistencia por discapacidad y gastos médicos: The Department of Health and Human Services has developed Federal privacy standards to protect patients’ medical records and other health information provided to health plans, doctors, hospitals, and other health care providers as of April 14, 2003. These standards are part of the Health Insurance Portability and Accountability Act of 1996 (HIPAA). The privacy requirements under HIPAA have a significant impact on how PHAs verify disability status, medical expenses, and disability assistance expenses. HIPAA requires that patients sign a specific authorization before a covered entity can release their medical information to a third party for purposes not related to the patient’s health care.

The Housing Authority appreciates the statement in the Verification Guidance acknowledging that “with increasing privacy law requirements, PHAs may have difficulty in verifying” medical and disability assistance expenses. In light of these considerable difficulties, the Housing Authority has determined that the best way to ensure the validity of medical and disability assistance expense information, while simultaneously protecting the confidentiality of our applicants and participants and complying with HIPAA, is a reliance on applicant/participant self-certification.

As of July 1, 2025, all elderly and disabled households who self-certify that their unreimbursed medical and disability assistance expenses exceed $1,500 will automatically receive a standardized $1,500 deduction. Households may request a Medical Expense Hardship exemption and provide additional verification to qualify for a higher deduction.

Identificación con foto: All adult household members will be asked to provide a government issued photo identification at the initial interview, before being added to the household, or at the annual reexamination following an existing household member’s eighteenth birthday. Photo identification may consist of a passport, driver’s license, state issued identification card, military identification card or a student identification card. Photo identification must always be presented in person, rather than by mail.

Ingresos estacionales: If a participant is employed in an occupation that is cyclical (that increases or decreases at the same time each year such as farm workers, teachers, and construction workers) all income expected to be received during the year must be annualized. If the Housing Authority determines that past income is the best predictor of future income, historical data may be used to project annual income.

Self-Employment: All self-employed tenants and applicants will be asked to provide a complete copy of their most recent tax return (including Schedule C and Schedule SE if applicable). Additionally, all self-employed tenants and applicants will be asked to complete the self-employment certification form, and to sign form IRS 4506-T.

Social Security (SS)/Supplemental Security Income (SSI): The Housing Authority is required to use the HUD EIV system to obtain up-front verification of Social Security and SSI benefits for current program participants. If the amount shown on EIV does not match the amount provided on a current original benefits letter, the amount in the benefits letter will be used. If no current original benefits letter has been provided, but EIV matches the amount the tenant has reported through the Personal and Financial Statement, EIV may be used without collecting tenant documents. However, if the amount reflected on the PFS does not match EIV and the tenant has not supplied an original benefits letter, staff will either obtain an original benefits letter or will contact the tenant by phone to provide the tenant with an opportunity to dispute the information in EIV. If the tenant does not dispute the information in EIV, staff will document the phone call and may use the data in EIV. If the tenant does dispute EIV, an original benefits letter must be obtained. Additionally, original benefits letters will be used to verify the Social Security and SSI benefits of applicants and other individuals who are not in the EIV system.

Wages & Salaries: All wages and salaries from adult members must be counted. The Housing Authority is required to use the HUD EIV system, along with tenant provided documentation (such as current consecutive paystubs), to obtain verification of wages.

Common Income Exclusions

When determining annual income for the Section 8 Housing Choice Voucher Program, certain types of income are excluded. These exclusions help ensure that only countable income is considered when calculating eligibility and rental assistance. The list below highlights some of the most common exclusions, but it is not exhaustive.

  • Temporary, Nonrecurring, or Sporadic Income – Irregular gifts, one-time payments, or temporary income sources do not count toward annual income.
  • Disaster Assistance – Payments from FEMA or other emergency assistance programs do not count as income.
  • Income from Children – Earnings of children under 18 (including foster children) are not counted.
  • Foster Care & Adoption Assistance – Payments received for the care of foster children or adults, as well as adoption assistance over $480 per child, are excluded.
  • Full-Time Student Earnings – Earnings in excess of $480 for each full-time student aged 18 or older (excluding the head of household and spouse) are excluded.
  • Adoption Assistance Payments – Adoption assistance payments in excess of $480 per adopted child are not counted as income.