Payment Standards

Los estándares de pago representan la asistencia de alquiler mensual máxima que un inquilino puede recibir para el alquiler bruto. El alquiler bruto incluye el alquiler del contrato de la unidad más el costo mensual estimado de los servicios públicos pagados por el inquilino, conocido como subsidio para servicios públicos (consulte los enlaces en “Asignaciones para servicios públicos” a continuación para conocer los cronogramas actuales de subsidios para servicios públicos). La siguiente tabla proporciona los estándares de pago actuales para todo el condado de Santa Cruz y las ciudades de Hollister y San Juan Bautista.

PS1Estándares de pago para el condado de Santa Cruz y las ciudades de Hollister y San Juan Bautista

*Las unidades en La Selva Beach con código postal 95076 se consideran Otro Condado de Santa Cruz

El alquiler del contrato puede fijarse por encima del estándar de pago, pero está sujeto a la razonabilidad del alquiler y a la regla de asequibilidad del 40% (ver Proceso de aprobación de alquiler).

Proceso de aprobación de alquiler

Haz clic aquí Calculadora de alquiler

Haz clic aquí para un folleto de cálculo de alquiler para propietarios

Alquiler bruto

El alquiler bruto es el alquiler cobrado por el propietario más un monto mensual promedio estimado que los inquilinos pagarán por los servicios públicos (asignación por servicios públicos) suponiendo un consumo normal. El alquiler bruto representa el coste total de la vivienda y se calcula de la siguiente manera:

  • Alquiler bruto = alquiler del contrato + subsidio por servicios públicos
  • Alquiler de contrato = alquiler cobrado por el propietario
  • Subsidio para servicios públicos = costo mensual estimado de los servicios públicos pagados por el inquilino

Nota: Si todos los servicios públicos están incluidos en el alquiler, el alquiler para el propietario y el alquiler bruto serán los mismos.

Contribución del inquilino

La contribución del inquilino se calcula en el 30% de su ingreso mensual ajustado.

Asistencia de Vivienda Pago

El pago de asistencia para la vivienda se calcula restando la contribución del inquilino al menor de

  • el alquiler bruto o
  • la norma de pago aplicable.

Nota: El pago de asistencia para la vivienda es la asistencia para el alquiler que la Autoridad de Vivienda paga al propietario en nombre del inquilino.

Si el alquiler bruto excede el estándar de pago aplicable, la contribución del inquilino se ajusta para cubrir el saldo restante.

Nota: El inquilino es responsable de cualquier monto que supere el estándar de pago más el 30% de su ingreso mensual ajustado.

Carga máxima de alquiler en ocupación inicial

La contribución del inquilino se compara con la carga máxima de alquiler conocida como Regla de asequibilidad del 40%.

  • Regla de asequibilidad del 40% – los inquilinos no pueden pagar más del 40% de sus ingresos mensuales por el alquiler bruto.
  • Si la contribución del inquilino excede el 40% de su ingreso mensual ajustado, la Autoridad de Vivienda solicitará al propietario un contrato de alquiler más bajo.

Nota: los Regla de asequibilidad del 40% Se aplica únicamente al plazo de arrendamiento inicial.

alquiler razonabilidad

La Autoridad de Vivienda debe determinar razonabilidad del alquiler de la unidad no asistida.

  • Razonabilidad del alquiler verifica que el alquiler del contrato cobrado a la unidad sin asistencia sea comparable al de al menos tres unidades similares sin asistencia.
  • Razonabilidad del alquiler considera el tipo de unidad, ubicación, tamaño, comodidades y servicios públicos.

Nota: La Autoridad de Vivienda puede solicitar un contrato de alquiler más bajo en este momento.

Aprobación de alquiler

La Autoridad de Vivienda aprobará el alquiler si se determina que el contrato de alquiler es razonable y la contribución del inquilino es del 40% o menos de su ingreso mensual ajustado.

Límite de aumento de alquiler (AB 1482):

Según la Ley de Protección de Inquilinos de California de 2019 (AB 1482), la mayoría de los arrendamientos están sujetos a limitaciones de aumento de alquiler. La ley prohíbe a un propietario aumentar el alquiler más del 5% más el cambio porcentual en el costo de vida, o un máximo del 10%, lo que sea menor, en el transcurso de cualquier período de 12 meses. Además, los propietarios también pueden verse limitados a sólo dos aumentos dentro de un período de 12 meses.

El Fiscal General de California confirmó que AB 1482 se aplica a la mayoría de los arrendamientos que reciben asistencia con vales de elección de vivienda.. HUD alienta a HACSC a verificar el cumplimiento de AB 1482 para garantizar el cumplimiento de los requisitos de HUD en 24 CFR 982.509. Si su solicitud de aumento de alquiler parece violar los requisitos de control de alquiler de AB1482, HACSC no podrá aprobar el aumento y HACSC le pedirá que revise la solicitud.

Ciertas propiedades están exentas de AB 1482. Al enviar una solicitud de aumento de alquiler, tenga en cuenta que es su responsabilidad informar a HACSC si su propiedad está exenta junto con la base de la exención. HASCSC no determinará esto por usted. Si desea reclamar una exención, debe proporcionar documentación que verifique la exención. HACSC luego confirmará si se aplica esa exención.

HACSC sugiere que se comunique con un abogado u otra entidad legal para obtener más información sobre las limitaciones en los aumentos de alquiler.

PREGUNTAS FRECUENTES – ESTÁNDARES DE PAGO

¿Cuáles son los estándares de pago?

Los estándares de pago representan la asistencia de alquiler mensual máxima que una familia puede recibir para el alquiler y los servicios públicos en los programas de Vales de Elección de Vivienda (HCV).

Los estándares de pago no representan el alquiler mensual máximo que puede cobrar un propietario.

¿Cómo se determinan los estándares de pago?

Los estándares de pago los establece la Autoridad de Vivienda como un porcentaje de los alquileres justos del mercado local, que el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD) actualiza anualmente.

¿Cómo se utilizan los estándares de pago?

Los estándares de pago se utilizan para calcular el pago de asistencia de vivienda que la Autoridad de Vivienda paga al propietario en nombre de la familia que alquila la unidad. El inquilino paga un porcentaje de sus ingresos para el alquiler, y la Autoridad de Vivienda paga el saldo restante (hasta el menor entre el alquiler del contrato o el estándar de pago aplicable) al propietario.

¿Qué estándar de pago se aplica a mi unidad?

En la jurisdicción de la Autoridad de Vivienda, que incluye todo el condado de Santa Cruz y las ciudades de Hollister y San Juan Bautista, los estándares de pago varían según el código postal y la cantidad de habitaciones. Para encontrar el estándar de pago que se aplica a su unidad, haga lo siguiente:

  1. Determine el código postal para la dirección de la unidad
  2. Determinar el menor de los
    • Tamaño del vale del inquilino, o
    • Número de dormitorios en la unidad
  3. Encuentre el estándar de pago correspondiente en el mesa que coincide con esas cifras
¿Qué estándar de pago utilizo si alquilo una o más habitaciones en una unidad más grande con dos o más familias?

Vivienda compartida Es una unidad de varios dormitorios ocupada por dos o más familias que comparten espacios comunes, como la cocina y la sala de estar, pero mantienen dormitorios privados.

Para calcular un estándar de pago para vivienda compartida, Haz lo siguiente:

  1. Determine el estándar de pago aplicable para el tamaño de toda la unidad (según el código postal y la cantidad de habitaciones)
  2. Divida esa cantidad por la cantidad de dormitorios en toda la unidad.
  3. Multiplique el resultado por el número de dormitorios que ocupará la familia asistida.
¿Puedo cobrar un alquiler superior al estándar de pago?

Sí, la Autoridad de Vivienda puede aprobar un contrato de alquiler que sea mayor que el estándar de pago aplicable, pero está sujeto a la regla de asequibilidad del 40%* y a las regulaciones de razonabilidad del alquiler.

Consulte “¿Cuál es el Regla de asequibilidad del 40%?” Y lo que es razonabilidad del alquiler?” para una explicación de estas políticas.

*Nota: La regla de asequibilidad del 40% se aplica únicamente al plazo de arrendamiento inicial

¿Qué es la regla de asequibilidad del 40%?

los Regla de asequibilidad del 40% prohíbe a un inquilino pagar más del 40% de su ingreso mensual ajustado para el alquiler durante el plazo inicial del arrendamiento*. Esta regla garantiza que una unidad sea asequible para los inquilinos.

Si el alquiler bruto (alquiler del contrato + asignación por servicios públicos) es mayor que el estándar de pago, el inquilino es responsable de pagar el monto superior al estándar de pago más su parte del alquiler que se basa en el 30 % de sus ingresos. Si el nuevo pago del inquilino es más del 40% de sus ingresos mensuales, no se aprobará el contrato de alquiler y la Autoridad de Vivienda solicitará un alquiler más bajo al propietario.

*Nota: los Regla de asequibilidad del 40% Se aplica únicamente al plazo de arrendamiento inicial. Los aumentos de alquiler no están sujetos a la Regla de asequibilidad del 40%.

¿Qué es la razonabilidad del alquiler?

Razonabilidad del alquiler garantiza que el alquiler solicitado por el propietario sea razonable. La Autoridad de Vivienda determina razonabilidad del alquiler comparando el alquiler del contrato con al menos tres unidades similares sin asistencia y considerando el tipo de unidad, la ubicación, el tamaño, las comodidades y los servicios públicos incluidos.

Si se determina que el alquiler del contrato no es razonable, no se aprobará y la Autoridad de Vivienda solicitará un alquiler más bajo al propietario.

Razonabilidad del alquiler Se aplica al plazo inicial del arrendamiento y por cada aumento de alquiler.

¿Qué es el subsidio de servicios públicos?

El subsidio para servicios públicos es una estimación del costo mensual de los servicios públicos pagados por el inquilino, suponiendo un consumo normal. Los servicios públicos se consideran parte del alquiler bruto.

¿Cómo calculo el subsidio de servicios públicos para mi unidad?

Para calcular la asignación de servicios públicos para su unidad, revise el programa de asignación de servicios públicos aplicable (UA1, UA2) a continuación y haga lo siguiente:

  1. Determine el tipo de unidad y elija la tabla adecuada
  2. Determinar el menor de los
    • el tamaño del vale de la familia, o
    • el número de dormitorios en la unidad
  3. Utilice la columna que coincida con ese resultado y sume los valores de los servicios públicos que pagará el inquilino.
Si quiero que mi inquilino pague solo el 30% de sus ingresos mensuales en alquiler, ¿cuánto debo cobrar?

Para establecer un alquiler que garantice que su inquilino solo pagará el 30% de sus ingresos mensuales, haga lo siguiente:

  1. Determinar el estándar de pago aplicable (ver "¿Qué estándar de pago uso para mi unidad?") Determinar el subsidio de servicios públicos (ver "¿Cómo calculo el subsidio de servicios públicos para mi unidad?")
  2. Reste el subsidio de servicios públicos del estándar de pago.
  3. Utilice esa cantidad para el alquiler de su contrato

Nota: Tenga en cuenta que todavía se aplica la razonabilidad del alquiler.

Si desea ayuda con este cálculo, llame al personal de la Autoridad de Vivienda al 831-454-5955.

¿Cómo puedo estimar la parte del alquiler que corresponde al inquilino y el pago de la asistencia para la vivienda?

Haz clic aquí Calculadora de alquiler

En general, para determinar la parte del alquiler del inquilino y el pago de la asistencia para la vivienda, haga lo siguiente:

  1. Calcule el alquiler bruto (alquiler del contrato + subsidio por servicios públicos)
  2. Restar el 30% de los ingresos del inquilino del menor de los
    • Estándar de pago aplicable, o
    • alquiler bruto

Nota: Este valor es el pago de asistencia de vivienda que recibirá de la Autoridad de Vivienda cada mes.

  1. Resta el pago de ayuda a la vivienda del alquiler del contrato.

Nota: Esta es la cantidad de alquiler que debes cobrar al inquilino cada mes.

Tenga en cuenta que este cálculo sólo debe utilizarse para ayudarle a estimar el desglose del alquiler. La Autoridad de Vivienda determinará los montos oficiales y deberá completar la regla de asequibilidad del 40%* y verificar la razonabilidad del alquiler.

*Nota: La regla de asequibilidad del 40% se aplica únicamente al plazo de arrendamiento inicial

Subsidio de servicios públicos

Las asignaciones de servicios públicos están sujetas a cambios sin previo aviso. Para obtener datos actuales sobre las asignaciones de servicios públicos para el condado de Santa Cruz y las ciudades de Hollister y San Juan Bautista, consulte los enlaces proporcionados en este sitio web.

UA1 Santa Cruz County Utility Allowances

UA2 Hollister and San Juan Bautista Utility Allowances

¿Qué es el subsidio de servicios públicos?

El subsidio para servicios públicos es una estimación del costo mensual de los servicios públicos pagados por el inquilino. Los servicios públicos se consideran parte del alquiler.

¿Cómo calculo el subsidio de servicios públicos para mi unidad?

Para calcular la asignación de servicios públicos para su unidad, revise el programa de asignación de servicios públicos aplicable (UA1, UA2) y haga lo siguiente:

  1. Determine el tipo de unidad y elija la tabla adecuada
  2. Determinar el menor de los
    • el tamaño del vale de la familia, o
    • el número de dormitorios en la unidad
  3. Utilice la columna que coincida con ese resultado y sume los valores de los servicios públicos que pagará el inquilino.

Income Limits

Límites de ingresos para el Vale de Elección de Vivienda.

IL1 Condado de Santa Cruz – Programa Federal

IL2 Condado de Santa Cruz – Programa estatal

IL3 Condado de Santa Cruz: propiedad de vivienda y otros programas locales

IL-4 Hollister / San Juan Bautista – Programas Federales