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la ciudadanía Q&UN

Requisitos de Inmigración y Ciudadanía de la Autoridad de Vivienda de vales de elección (VHC) y programas de vivienda pública

Cuando se debe proporcionar prueba de ciudadanía o estatus migratorio?

  • Usted no está obligado a proporcionar la prueba de su estado cuando usted pone su nombre en la lista de espera para recibir asistencia
  • Debe proporcionar documentación para todos los miembros de su familia al momento de procesar su solicitud inicial completo para la asistencia.
  • Cualquier persona que desea añadir a su hogar debe proporcionar la documentación antes de que puedan ser aprobados.

¿Quién es elegible para el VHC y programas de vivienda pública?

Ciudadanos de los Estados Unidos de América que proporcionar prueba de ciudadanía, o:

Los no ciudadanos en situación de inmigración elegible, incluidos los no ciudadanos que:

  • Están legalmente admitido para residencia permanente (residente permanente, inmigrante, trabajador agrícola especial)
  • Entrado en los EE.UU. antes de enero 1, 1972, han mantenido continuamente desde la residencia, no son elegibles para la ciudadanía, pero se han determinado para ser admitido legalmente para la residencia permanente por el Fiscal General.
  • Se ha concedido la condición de refugiado, la condición de asilo, o entrada condicional debido a la persecución por motivos de raza, religión, opinión política, o calamidad nacional catastrófica.
  • Son legalmente por razones emergentes o razones consideradas de interés público.
  • Están legalmente presentes debido a la amenaza a la vida o la libertad.
  • Están legalmente admitido para residencia temporal o permanente debido a la amnistía.

¿Qué pasa si alguien de mi familia no tiene la ciudadanía o estatus migratorio elegible?

Dependiendo de la situación, su familia todavía puede recibir un poco de ayuda, incluso si algunos de los miembros de su familia no tienen la condición elegible.

Si usted es un solicitante:

  • Si no hay miembros de la familia son ciudadanos o tienen califican como inmigrantes, la familia se le negará la asistencia.
  • Si algunos pero no todos los miembros de la familia son ciudadanos o tienen califican como inmigrantes, se prorrateará su ayuda. Esto significa que obtendrá un poco de ayuda en función del número de personas en su familia que son elegibles.

Si usted es un participante en el programa:

Si desea añadir a alguien que no es elegible, la ayuda de su familia puede ser prorrateada o reducida. Vea nuestro informe sobre cambios de Q&A para obtener más información sobre cómo agregar miembros de la familia.

¿Qué tipo de documentación son requeridos?

Cada miembro de la familia debe presentar una de las siguientes formas de documentación con el fin de ser elegible para recibir asistencia (los padres pueden firmar para niños menores de edad 18).

ciudadanos de Estados Unidos deben firmar una declaración, bajo pena de perjurio, que son un ciudadano de los Estados Unidos. Se debe proporcionar prueba de ciudadanía (es decir. acta de nacimiento o pasaporte).

inmigrantes elegibles 62 años de edad o más deben firmar una declaración, bajo pena de perjurio, que tienen califican como inmigrantes y proporcionar una prueba de edad. No se requiere ninguna otra documentación.

inmigrantes elegibles menores 62 deben firmar una declaración, bajo pena de perjurio, que son un inmigrante elegible; proporcionar la documentación del INS Inmigración aparece a la derecha; y firmar un formulario de consentimiento permitiendo que la autoridad de la cubierta para liberar la evidencia de su estado migratorio al INS y al HUD para fines de verificación.

inmigrantes no elegibles que son incapaces de proporcionar los documentos del INS correspondientes, podrán optar por firmar un elegidos no contender Formulario.

Aceptable Documentación INS consiste en:

Formulario I-551, Tarjeta de Registro de Extranjero

Formulario I-94, Registro de Entrada y Salida, con una de las siguientes:

  • Admitido como refugiado con arreglo a la Sección 207
  • Section 208 o asilo
  • Sección 243h o Deportación quedado por el Procurador General
  • De conformidad con libertad condicional Sec 212d5

Si el Formulario I-94 no se anota, que debe ir acompañada de una de las siguientes:

    • Un asilo decisión judicial que concede definitiva (Si no se toma ninguna apelación)
    • carta de la concesión de asilo INS
    • Una decisión judicial o la retención de expulsión, o
    • Una carta de un oficial de asilo concesión de suspensión de la expulsión (si la solicitud presentada a partir 10/1/90)

Formulario I-688, Tarjeta de Residente Temporal, que debe ser anotada con la Sección 245A o la Sección 210.

Formulario I-688B, Tarjeta de autorización de empleo, que debe ser anotado “Suministro de 274a.12 Ley(11)”O‘Suministro de 274a.12 Ley’

Formulario I-766, que puede sustituir a la I-688 o I-688B

Un recibo emitido por el INS lo que indica que una solicitud de emisión de un documento de reemplazo en una de las categorías enumeradas anteriormente se ha hecho y derecho del solicitante para el documento ha sido verificado.

¿Qué pasa si el INS no verifica mi elegible status de inmigrante?

Usted puede apelar al INS. Si la Autoridad de Vivienda le niega su ayuda o termina en base a su condición de inmigrante, usted tiene el derecho a una audiencia con la Autoridad de Vivienda.

Los solicitantes no se les negará la asistencia de vivienda, ni serán participantes terminarán de los programas de asistencia de vivienda, durante la verificación, apelación, o procesos de audición, excepto que la asistencia a un solicitante puede retrasarse si la elegibilidad no puede ser verificada por el proceso de apelación INS.

Elegibilidad para el programa Q&UN

Cada programa tiene su propio conjunto de reglas de elegibilidad, y esas reglas pueden cambiar de vez en cuando.

La información contenida en este Q&A se aplica al programa de vales de elección de vivienda.

Otros programas pueden tener reglas especiales. Por ejemplo, nuestro programa de trabajadores agrícolas está abierto sólo a familias de trabajadores agrícolas.

¿Cómo se determina Mi Ingresos?

El primer paso para llegar a ser elegible es para la Autoridad de Vivienda para determinar la cantidad de ingreso anual de su familia.

  • Vamos a pedirle que complete formularios declarando todos sus ingresos y activos.
  • Vamos a pedirle que proporcione documentos como declaraciones de impuestos, recibos de pago, estados de cuenta bancarios y más
  • Podemos verificar sus ingresos directamente con su empleador y / o la agencia que le proporciona beneficios.
  • También vamos a comprobar con las agencias federales y estatales que recogen información sobre las ganancias de muchas fuentes diferentes para confirmar la información que ha proporcionado.

Si descubrimos que su familia no se ha informado de algunos ingresos para nosotros, Se le puede negar asistencia o enfrentar cargos de fraude. Es muy importante declarar todos los ingresos a la Autoridad de Vivienda.

¿Cuáles son los límites de ingresos?

El programa de vales de elección de vivienda requiere que ayudemos a un cierto número de familias de ingresos extremadamente bajos. Estas son las familias cuyos ingresos están por debajo 30% del ingreso medio del condado.

También podemos ayudar a las familias que están “muy bajos ingresos,” lo que significa que su ingreso está por debajo 50% de ingresos medios. Algunas familias con ingresos de hasta 80% de la mediana, llamada de bajos ingresos, También puede ser asistido.

Otros programas tienen diferentes límites de ingresos, pero los límites de ingresos mencionados anteriormente son una guía general para la mayoría de los programas de asistencia de vivienda. Los límites de ingresos se basan en el número de personas en su familia y cambiar al menos una vez al año. Usted puede obtener los límites de ingresos actuales aquí.

Cualquier persona es elegible para una preferencia especial?

La Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz determina elegibilidad del solicitante y emite bonos por orden de llegada, primer servido base, en base a la fecha en que el solicitante ha añadido su nombre a la lista de espera. Adicionalmente, para el Condado de Santa Cruz, la Autoridad de Vivienda tiene una preferencia lista de espera limitado para las personas sin hogar discapacitados y médicamente vulnerables. Actualmente, un máximo de 40 los hogares pueden recibir la preferencia en un momento dado. Si usted piensa que podría calificar como una persona sin hogar discapacitados y médicamente vulnerables, usted tendrá que tomar una encuesta (llama un índice de vulnerabilidad), a través de 180/180 Campaña, la cual es una campaña para proporcionar vivienda a las personas sin hogar más vulnerables del Condado. Haga clic aquí para averiguar cómo se puede tomar el índice de vulnerabilidad Encuesta.

Algunos clientes de otras agencias en el condado pueden recibir asistencia de vivienda de la Autoridad de Vivienda a través de esas agencias. Estos programas se financian a través de una fuente de financiación separada, y no están abiertos al público en general. Para obtener más información acerca de estos programas especiales, consulte nuestro Plan Administrativo Selección de Vivienda.

No es una verificación de antecedentes?

Para los apartamentos que posee la Autoridad de Vivienda, hay una extensa antecedentes criminales, dueño, y verificación de crédito. En el programa de vales, la vivienda es negada por los delincuentes sexuales registrados y otros delitos violentos o relacionados con las drogas.

¿Cuántos dormitorios Será Mi Familia Para ser elegible?

La Autoridad de Vivienda calcula un dormitorio para el jefe de hogar y su cónyuge o pareja de hecho, si los hubiere. A continuación, calcular un dormitorio por cada dos miembros de la familia, independientemente de la edad o el sexo.

En el Programa de Selección de Vivienda, su familia puede optar por alquilar una casa con más dormitorios, pero nos gustaría volver a calcular su renta para que pague el coste adicional de los dormitorios adicionales. Unos se hacen excepciones para las personas con discapacidad. Para más información, ver nuestra Necesidades especiales Q&UN .

¿Quién cuenta como un miembro de la familia?

Cuando envíe su solicitud completa, vamos a pedirle que incluya todas las personas que vivan en su casa cuando usted recibe asistencia.

¿Hay requisitos de ciudadanía?

Muchos programas de la Autoridad de Vivienda requieren que por lo menos un adulto en la familia sea un ciudadano o residente legal. Si algunos miembros de su familia no son ciudadanos o residentes legales, puede recibir menos ayuda para el alquiler de lo que de otra manera.

Si desea una traducción en español, por favor llame al (831) 454-9455.

Conseguir un vale Q&UN

Consejos para Obtener ayuda rápidamente:

Actualizar su dirección! Si se ha mudado, nos envíe una cambio de dirección.

Vamos a pedir tarjetas de Seguridad Social, certificados de nacimiento, y una foto de identificación. Si no tiene estos, reunirlos ahora.

Responder a todos los correos Autoridad de Vivienda de la fecha de vencimiento.

¿Qué es una solicitud inicial?

Al llegar a la parte superior de la lista, obtendrá una carta preguntándole si desea un paquete de solicitud inicial. Responder a esta carta inmediatamente o se le cae de la lista. Esta aplicación se utiliza para:

  • Recopilar información sobre su familia y sus ingresos
  • Determinar si su familia es elegible para recibir asistencia.
  • Calcular aproximadamente la cantidad de alquiler que pagará su familia
  • Determinar el número de dormitorios que su familia es elegible para.
  • Al llegar a su aplicación inicial, favor de llenarla por completo y devolverlo en el plazo.

Qué sucede en la entrevista inicial?

Varios meses después de su aplicación inicial se haya completado, se le programará para una entrevista inicial, donde vamos a recopilar la información que necesitamos para completar su solicitud. Todos los miembros adultos de la familia están obligados a asistir.

¿Puede usted ayudarme a llenar mi solicitud inicial?

Si tiene preguntas acerca de su aplicación inicial, por favor llame a nuestra línea de información. También puede hacer una cita para que el personal de la Autoridad de Vivienda le asisten en persona. No podemos ayudar en una “entrar” base.

Por favor, vea nuestra Necesidades especiales Q&UN para obtener más información sobre la asistencia extra para una persona con discapacidad.

¿Cuándo me dan un vale?

Esto es lo que sucederá después de la solicitud inicial y Entrevista:

  • Si usted es elegible, usted será colocado en la lista de espera, junto con otras familias que esperan un bono.
  • Podemos pedirle que envíe información actualizada sobre sus ingresos, porque el gobierno federal nos obliga a pedir otra vez. Por favor, responda a estas solicitudes con prontitud.
  • Se podría todavía tiene una larga espera antes de que un bono está disponible. Cuando un bono está disponible, vamos a invitarle a una reunión informativa, donde obtendrá su bono y más información.

Qué sucede en la Reunión informativa?

Cuando la Autoridad de Vivienda tiene un vale para usted, se le invitará a asistir a una reunión informativa, junto con otras familias que están recibiendo sus cupones. Debe asistir a una reunión informativa para obtener su bono.

En la sesión informativa, obtendrá su bono y un paquete de información que le ayudará a encontrar un lugar para alquilar. Usted tendrá 60 días para encontrar una casa para alquilar. However, si la financiación corre a corto, un cupón puede ser “congelado” en cualquier momento después de que haya sido emitida a su nombre. Para evitar esto, usted debe encontrar un lugar para alquilar tan pronto como sea posible.

¿Cuántos dormitorios Será Mi Familia Para ser elegible?

La Autoridad de Vivienda calcula aproximadamente dos personas a un dormitorio para decidir cuánta ayuda recibirá su familia. Más detalles serán proporcionados en la Reunión informativa.

¿Cuánto vamos a pagar en Alquiler?

Las familias pagan alrededor 30-40% de sus ingresos en alquiler. Encontrará más información sobre el cálculo de su renta en la Reunión informativa.

¿Dónde voy a poder alquilar una casa?

Usted puede ser capaz de utilizar su ayuda de vales para alquilar el lugar donde se vive en este momento, si la unidad cumple con nuestros estándares y el propietario está dispuesto a participar.

No se puede alquilar una casa propiedad de un pariente, excepto en circunstancias muy limitadas para las personas con discapacidad. Ver Necesidades especiales Q&UN.

Debe alquilar una casa dentro de la jurisdicción de la Autoridad de Vivienda (condado o ciudad.) Hay algunas excepciones que pueden permitirle alquilar una casa en otras partes del país. Esto se explicará en la Reunión informativa.

Le animamos a encontrar una casa en un buen barrio fuera de las zonas de pobreza.

Ahora debería mover?

Por favor, no se muda a un nuevo hogar sólo porque usted piensa que está a punto de conseguir ayuda para la vivienda. Pueden pasar muchos meses antes de que se le emite un vale. también, los requisitos del programa pueden cambiar rápidamente. Usted no sabrá exactamente lo que usted es elegible para hasta que se le emite un vale.

Si desea una traducción en español, por favor llame al (831) 454-9455.

Lista de espera Q&UN

Información importante acerca de la lista de espera:

  • Comprobar el Lista de espera sección de nuestro sitio web para ver qué listas de espera están abiertas en este momento.
  • Para aquellos en la lista, no podemos estimar cuánto tiempo será la espera.
  • Los solicitantes que ya estaban en lista de espera antes de la edición de octubre 2018 esperando la apertura lista seguirá contactarse basado en las preferencias y fecha de colocación.
  • Solicitantes que solicitaron durante el 2018 Section 8 la apertura de la lista de espera recibió una “lotería” número. Se contactará a estos solicitantes en base a las preferencias y número de la lotería.
  • No ofrecemos asistencia de emergencia. ver nuestra Community Resources para obtener más información acerca de la asistencia de emergencia en la comunidad.

Qué tipo de asistencia Qué ofrece la Autoridad de Vivienda?

La Autoridad de Vivienda asiste a miles de familias a través de la Housing Choice Voucher (Section 8) Alquiler programa de asistencia. También somos propietarios de varios complejos de apartamentos para familias de bajos ingresos a través de nuestra organización sin fines de lucro afiliada. Desarrollo y vivienda asequible de New Horizons, y administrar varios programas de asistencia para el alquiler. Usted puede solicitar estos programas a través separada formas pre-aplicación.

Cómo me inscribo?

primero, comprobar aquí o llame a nuestra Línea de lista de espera en 454-5950 para averiguar si la lista de espera está abierto. Cuando las listas son abiertas, Aplicar, sólo tiene que rellenar el formulario de pre-solicitud para el programa o programas que interesa y nos lo devuelva.

Mi arrendador dice que él o ella aceptará la Sección 8. ¿Puedo obtener un vale ahora?

No. Incluso si usted tiene un propietario que quiere participar en el programa de vales, usted todavía tiene que poner su nombre en la lista de espera como todos los otros pre-candidatos.

Actualmente estamos animando a los solicitantes que ya están en la lista de espera para hablar con sus propietarios sobre la aceptación de una Sección 8 vale. Cuando la utilización del cupón es baja, podemos implementar una preferencia de lista de espera de arrendamiento en el lugar para los solicitantes que ya están en la lista de espera cuyos propietarios aceptarán un vale de elección de vivienda.

La Autoridad de Vivienda tiene una preferencia de residencia parcial para vivir / trabajar, tal que al menos 75% de las familias seleccionadas de la lista de espera o bien se vive o trabaja en la jurisdicción de la lista de espera.

Quien es elegible?

La elegibilidad se basa principalmente en los ingresos familiares. Por favor, vea los límites de ingresos para ver cuánto dinero los individuos y las familias pueden ganar y ser elegibles para recibir asistencia. Normas específicas de elegibilidad pueden cambiar en cualquier momento, y no revisamos su elegibilidad hasta que estemos listos para ayudarle.

De cuanto es la espera?

Esto depende de cuántas personas iban en lista de espera, y cuántas personas abandonan el programa, y el nivel de financiación de la Autoridad de Vivienda recibe de HUD. La espera suele tardar años.

Por favor no llame a preguntar cuánto tiempo más será la espera. No podemos estimar este.

¿Qué ocurre después de presentar una solicitud previa?

Varias semanas después de recibir su solicitud preliminar, le enviaremos una carta confirmando que hemos recibido su solicitud. Varios meses más tarde, Una vez que la lista de espera se ha cerrado y números de la lotería se han asignado, le enviaremos una carta adicional que confirme se han colocado en la lista de espera. Mantener esta carta con sus papeles importantes.

¿Cómo puedo añadir o eliminar miembros de la familia?

No es necesario informar a la autoridad de la cubierta sobre cambios en su familia mientras está en la lista de espera. Si la familia se rompe, quien fue designado como cabeza de familia en la pre-solicitud será mantener el lugar en la lista de espera. Cualquier persona que no vive con el jefe de familia tendría que aplicar por sí mismos mediante la presentación de una nueva solicitud preliminar.

¿Cómo puedo actualizar mi preparación para la solicitud?

Si se muda, es muy importante que nos envíe su nueva dirección, escrito, dentro 30 días. Si no podemos llegar por correo, se le dejará en la lista de espera. Para actualizar su dirección, por favor complete una Lista de espera para la forma de estado. Usted recibirá una confirmación por escrito varias semanas después de la presentación de una forma de estado Lista de espera para nosotros.

Por qué no he sabido nada de la Autoridad de Vivienda?

Nos pondremos en contacto con usted por correo electrónico cuando se acerque a la parte superior de la lista de espera. Si no está seguro de si está en la lista, por favor complete una Lista de espera Formulario de Estado y enviarlo a nosotros, o llame a nuestra Línea de lista de espera en 454-5950.

Si desea una traducción en español, por favor llame al (831) 454-9455.