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Programa de vales de elección de vivienda (Sección 8) para propietarios

Acerca del programa de vales de elección de vivienda (Sección 8) para propietarios

Beneficios arrendador
Cómo funciona el programa
Cómo los propietarios pueden llegar a la Autoridad de Vivienda
Añadir un alquiler
Seleccionar una familia de la Sección 8 como inquilino
inspecciones
Vivienda Contrato de asistencia de pago
Terminación de un contrato de arrendamiento
Depositos de seguridad
Los alquileres y los Estándares de pago
Aumenta la renta
Cambio de propiedad o gestión
Fraude programa
No Discriminación y Accesibilidad para las personas con discapacidad
La violencia contra las mujeres actúan
¿Preguntas?
Landlord Forms
Arrendador de información del taller
Inscríbete propietario Web Access

Gracias por su interés en el programa de Vales de Elección de Vivienda, también conocido como programa de “Sección 8” o “Vale”. Este programa brinda asistencia de alquiler a personas y familias de bajos ingresos. Las familias participantes seleccionan sus propios alquileres entre unidades del mercado privado. Técnicamente, la Autoridad de Vivienda no ayuda a la unidad, la asistencia se brinda en nombre de la familia que alquila la unidad.

Beneficios arrendador

El programa de Vales de Elección de Vivienda (HCV) ofrece muchos beneficios a los propietarios, que incluyen:

  • Arrendador elección del inquilino de portadores de vales elegibles
  • El depósito directo de los pagos de alquiler Autoridad de Vivienda
  • acceso a la web propietario para controlar los pagos Autoridad de Vivienda e inspecciones
  • pagos rápidos y consistentes Autoridad de Vivienda
  • Niveles de alquiler comparables al mercado, con la capacidad de aumentar los alquileres a medida que el mercado se ajusta
  • condiciones de arrendamiento flexibles
  • Protección frente a las dificultades financieras de los inquilinos
  • Publicidad gratuita a través de AffordableHousing.com
  • Otra entidad para ayudar con asuntos inquilino si el propietario necesita ayuda

Cómo funciona el programa

El programa HCV ayuda a las personas que ya están en la lista de espera de la Autoridad de Vivienda. Los propietarios pueden alentar a sus inquilinos a inscribirse en la lista de espera completando un pre-aplicación, pero habrá una larga espera, normalmente años. Si a uno de los inquilinos del propietario se le emite un vale de la Sección 8, tiene la opción de permanecer en su unidad si el propietario desea participar en el programa.

Cómo los propietarios pueden llegar a la Autoridad de Vivienda

¡La Autoridad de Vivienda está facilitando que los propietarios obtengan ayuda con el papeleo o respondan preguntas asociadas con el Programa de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8)! A continuación se enumeran varias formas para que los propietarios accedan a la Autoridad de Vivienda.

Horario de atención sin cita previa: ahora ofrecemos horario de atención sin cita previa para propietarios de lunes a jueves de 8:30 a. m. a 3:00 p. m. Los propietarios pueden traer su documentación y recibir asistencia personalizada. O bien, los propietarios pueden programar una hora específica para una cita llamando al número del propietario al 831-454-9455.

Dirección de correo electrónico del propietario: los propietarios pueden enviar sus preguntas por correo electrónico directamente al Departamento de administración de propiedades a [email protected]. No envíe información confidencial (como nombres, números de seguro social o direcciones) por correo electrónico. Sin embargo, se pueden hacer preguntas generales por correo electrónico y el Departamento de Administración de Propiedades responderá a su pregunta por teléfono o correo electrónico dentro de un día hábil.

Línea de fax directa: para los propietarios que prefieren enviar la documentación por fax, hemos configurado una línea de fax directa que enviará los documentos al Departamento de Administración de Propiedades. Los propietarios pueden enviar los documentos por fax al 831-469-0136.

Línea telefónica directa: Además, los propietarios pueden llamar a la línea telefónica del propietario al 831-454-9455 ext. 217 para obtener respuesta a cualquier pregunta o dar seguimiento a cualquier asunto abierto. Todas las llamadas a esta línea telefónica serán devueltas el mismo día.

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Añadir un alquiler

Para agregar una unidad vacante a nuestros listados de alquiler gratuitos, haga clic Vivienda asequible.

El propietario selecciona un inquilino de familias con vales de la Sección 8 que buscan un alquiler. Los titulares de vales se pueden encontrar enumerando el alquiler a través de la Autoridad de Vivienda. Vivienda asequible sitio web o mediante publicidad en los mismos lugares utilizados para encontrar inquilinos no subsidiados.

Seleccionar una familia de la Sección 8 como inquilino

La Autoridad de Vivienda evalúa la elegibilidad del programa. Se verifica que las familias cumplan con los requisitos de ingresos y su estatus migratorio legal. La Autoridad de Vivienda también lleva a cabo verificaciones de delincuentes sexuales registrados y puede rechazar a ciertos delincuentes violentos o relacionados con las drogas si se divulga la información. Las determinaciones de elegibilidad no son lo mismo que las verificaciones de referencias. LLos propietarios que alquilan a inquilinos de la Sección 8 deben realizar todas las verificaciones de referencias, antecedentes y crédito utilizadas para seleccionar inquilinos no subsidiados..

Si el posible inquilino ya es titular de un vale, la Autoridad de Vivienda puede proporcionar, a solicitud del posible propietario, una cantidad limitada de información; es decir, la dirección actual del inquilino y el nombre y dirección de los propietarios actuales y anteriores del inquilino, si la Autoridad de Vivienda los conoce. Para solicitar dicha información, envíe el Solicitar para divulgar información formulario a la Autoridad de Vivienda.

Un titular de un vale de la Sección 8 autorizado para encontrar una unidad de alquiler le entregará al propietario una Solicitud de aprobación de arrendamiento (RTA) para que la complete. La Autoridad de Vivienda revisará la RTA, discutirá el alquiler apropiado con el propietario (consulte alquileres a continuación) y programe una inspección.

inspecciones

Cada unidad de alquiler debe pasar una inspección inicial y anual por parte de la Autoridad de Vivienda. La Autoridad de Vivienda debe realizar una inspección inicial antes de poder pagar el alquiler de una unidad de alquiler. Ver el Inspection Q&A. La Autoridad de Vivienda inspecciona los Estándares de Calidad de Vivienda (HQS) de HUD. Ver el Las inspecciones de HQS Check List.

Después de que la unidad pase la inspección, se apruebe el RTA y el inquilino haya firmado el contrato de arrendamiento del propietario, el propietario puede permitir que el inquilino se mude. En este punto, la Autoridad de Vivienda generará el contrato de Pago de Asistencia para la Vivienda (HAP). La participación en el programa no es oficial hasta que se firme el contrato HAP. Una vez que la Autoridad de Vivienda reciba toda la documentación requerida, se enviará el primer cheque de alquiler. Tenga en cuenta que si el inquilino se muda temprano, la Autoridad de Vivienda no comenzará a pagar su parte del alquiler hasta que se completen los pasos anteriores. Si el inquilino se muda demasiado pronto, será responsable del monto total del alquiler.

La Autoridad de Vivienda también realiza inspecciones anuales. El propietario puede optar por estar presente en cualquier inspección. Si se encuentran deficiencias, se notifica al propietario por escrito y se le da un plazo específico para realizar las reparaciones. Si no se realizan las reparaciones, la asistencia de vivienda no puede continuar.

Contrato de Pago de Asistencia para la Vivienda (HAP)

La familia paga aproximadamente un tercio de sus ingresos en alquiler al propietario, y la Autoridad de Vivienda paga el resto, hasta cierto límite (ver más abajo, Los alquileres y los Estándares de pago), directamente al propietario.

Los pagos de la Autoridad de Vivienda están autorizados por el contrato de Pago de Asistencia para la Vivienda (HAP) entre el propietario y la Autoridad de Vivienda. El contrato HAP detalla las responsabilidades del propietario y la relación entre el propietario y la Autoridad de Vivienda. Una muestra de la contrato de HAP se puede encontrar aquí.

El propietario y el inquilino tienen una relación directa de la que la Autoridad de Vivienda no es parte. El propietario utiliza su propio contrato de arrendamiento con un contrato proporcionado por la Autoridad de Vivienda. Adición de arrendamiento incorporando los requisitos de la Sección 8. Se aceptan arrendamientos de mes a mes.

Se permiten aumentos de alquiler siempre que el alquiler total no supere el estándar de "alquiler razonable" de la Autoridad de Vivienda y esté aprobado por la Autoridad de Vivienda. Ver alquileres abajo.

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Los pagos HAP Depósito Directo

La parte del alquiler que corresponde a la Autoridad de Vivienda se paga el tercer día hábil de cada mes. Para garantizar que no se realice un pago duplicado, los pagos perdidos en el correo no se volverán a emitir hasta que hayan transcurrido diez días desde la fecha de envío. Se anima a los propietarios a registrarse para el depósito directo de pagos HAP utilizando el Formulario de Depósito Directo para recibir pagos HAP de forma rápida y segura.

Terminación de un contrato de arrendamiento

Si hay problemas con un inquilino de la Sección 8, como con cualquier inquilino no subsidiado, el propietario puede tomar cualquier medida, hasta e incluyendo el desalojo, de acuerdo con la ley y los términos del contrato de arrendamiento.

El arrendador puede abandonar el programa al final de cualquier plazo de arrendamiento. Aunque el programa HCV no aborda avisos de terminación al inquilino en circunstancias normales; El programa requiere que se sigan ciertos procedimientos si se trata de una ejecución hipotecaria (consulte Sección 703 de la Ley de Protección a los Inquilinos en caso de Ejecución Hipotecaria). La ley estatal exige un aviso de hasta 90 días en determinadas circunstancias.

Para garantizar el cumplimiento de las leyes estatales y federales para inquilinos/propietarios, consulte con un abogado o una asociación de apartamentos antes de tomar medidas y envíe copias de cualquier aviso o infracción del contrato de arrendamiento a la Autoridad de Vivienda.

Depositos de seguridad

El propietario puede cobrar un depósito de seguridad de acuerdo con sus prácticas y la ley estatal. El monto del depósito debe ingresarse en el formulario de Solicitud de aprobación de arrendamiento (RTA). Si el inquilino se va sin previo aviso o daña la unidad, el propietario puede utilizar el depósito según lo permite la ley estatal. La Autoridad de Vivienda no es responsable de las reclamaciones contra el inquilino.

Los alquileres y los Estándares de pago

El alquiler máximo permitido es el “alquiler razonable” para el área y tipo de unidad. Este alquiler se basa en los alquileres de mercado cobrados por la Autoridad de Vivienda. Los propietarios pueden presentar sus propios “alquileres comparables” para que se tengan en cuenta al determinar el alquiler razonable.

El alquiler que cobra el propietario no puede ser mayor que el de unidades comparables sin asistencia. En otras palabras, el propietario no puede cobrar más a un inquilino que recibe asistencia de HCV que a cualquier otro inquilino.

El propietario puede solicitar un aumento de alquiler al final de cualquier plazo de arrendamiento (ver más abajo, Aumenta la renta). Sin embargo, la Autoridad de Vivienda debe aprobar el monto total del alquiler y el alquiler debe cumplir con la determinación de “alquiler razonable” de la Autoridad de Vivienda.

La parte del alquiler pagado por la Autoridad de Vivienda se calcula utilizando una fórmula que incluye los ingresos del inquilino, los servicios públicos proporcionados en la unidad y los ingresos de la Autoridad de Vivienda. Payment Standards. Nota: Las Normas de Pago son para uso de la Autoridad de Vivienda para determinar la parte del alquiler que corresponde a la Autoridad de Vivienda y no reflejan necesariamente el alquiler de mercado para una unidad en particular.

El personal de la Autoridad de Vivienda trabajará con el propietario para determinar el alquiler permitido para la unidad.

En primer pago de la renta en Mudanza

Una vez que la unidad pasa la inspección, se aprueba la RTA y se firma el contrato, el inquilino puede mudarse. El primer cheque de alquiler de la Autoridad de Vivienda llegará después de que se procese toda la documentación, generalmente dentro de los 30 días posteriores a que la Autoridad de Vivienda haya recibido todos los documentos completos. documentos. A partir de entonces, los alquileres se envían por correo o se depositan antes del tercer día hábil de cada mes.

Si el propietario y el inquilino deciden permitir que el inquilino se mude antes de que se hayan firmado todos los documentos, ambas partes lo hacen bajo su propio riesgo.

El contrato HAP comenzará a partir de la fecha en que la unidad pasó la inspección. Sin embargo, si al inquilino se le permite mudarse antes de que la unidad pase la inspección, el inquilino será responsable del monto total del alquiler antes de que la unidad pase la inspección.

Si por alguna razón el contrato HAP y el contrato de arrendamiento no son firmados por todas las partes, los inquilinos que se mudan antes de que se firme el contrato corren el riesgo de pagar el monto total del alquiler y los propietarios corren el riesgo de no recibir un pago de asistencia para la vivienda de la Autoridad de Vivienda.

Cobro de alquileres del inquilino

Durante el plazo inicial del contrato de arrendamiento, el inquilino no podrá pagar más del 30-40% de sus ingresos en concepto de alquiler. La Autoridad de Vivienda informará tanto al inquilino como al propietario cuánto debe pagar el inquilino en concepto de alquiler en función de los ingresos de la familia. Para cumplir con los requisitos del programa, el inquilino deberá pagar esta cantidad, ni más ni menos, al propietario cada mes. El propietario es responsable de cobrar la parte del alquiler que corresponde al inquilino.

Después del plazo inicial del arrendamiento, el inquilino podrá pagar más del 40% de sus ingresos en concepto de alquiler. Sin embargo, recuerde que el monto del alquiler que el inquilino paga al propietario debe ser aprobado por la Autoridad de Vivienda. La Autoridad de Vivienda debe aprobar el alquiler total cobrado por el propietario, incluidos los aumentos de alquiler.

Cobro de alquileres de la Autoridad de Vivienda

Los cheques de la Autoridad de Vivienda se envían por correo o se depositan antes del tercer día hábil de cada mes. Los propietarios pueden inscribirse para depósito directo, notificar a la Autoridad de Vivienda sobre cambios de propiedad o administración, o realizar otros cambios utilizando los formularios disponibles. aquí.

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Aumenta la renta

El aumento del alquiler se puede solicitar en cualquier momento después del plazo inicial del contrato de arrendamiento y debe ser aprobado por la Autoridad de Vivienda. El alquiler solicitado no puede ser superior a alquileres de mercado comparables. Si el aumento de alquiler propuesto eleva el alquiler por encima del alquiler actual del mercado, el aumento de alquiler propuesto tendría que reducirse para que no exceda los alquileres comparables del mercado actual.

Para solicitar un aumento de alquiler, utilice el Alquiler formulario de petición de aumento.

Si hay desacuerdo con respecto a la determinación de la Autoridad de Vivienda de un alquiler comparable, el propietario puede apelar la determinación completando el La presentación de alquileres comparables del propietario formulario para revisión.

Cambio de propiedad o de gestión

El contrato HAP no se puede asignar a un nuevo propietario sin el consentimiento de la Autoridad de Vivienda. El nuevo propietario debe aceptar, por escrito, estar obligado y cumplir con el contrato HAP y entregar una copia a la Autoridad de Vivienda. Las condiciones de venta y transferencia se describen en el Contrato HAP Parte B, Sección 14. Si va a haber un cambio de propietario, envíe la Cambio en la titularidad y transferencia de HAP formar

Si hay un cambio de administrador o empresa administradora que actúa en nombre del propietario, envíe la Autorización de firma de propietario forma.

Fraude programa

El gobierno federal y la Autoridad de Vivienda toman medidas contra quienes cometen fraudes en los programas, ya sean participantes de la Sección 8 o propietarios. La Autoridad de Vivienda ha establecido una unidad de Integridad del Programa específicamente para investigar y tomar medidas contra aquellos que cometen violaciones del programa. Por favor vaya a la sección de este sitio web en Fraude programa para obtener más información o denunciar un fraude.

No Discriminación y Accesibilidad para personas con Discapacidad

Para obtener más información sobre las leyes y regulaciones pertinentes que exigen la no discriminación y la accesibilidad en programas de vivienda y no vivienda financiados con fondos federales para personas con discapacidades, consulte el siguiente aviso emitido por HUD (PIH 2010-26).

La violencia contra las mujeres actúan

En enero de 2006, el Congreso aprobó la Ley sobre violencia contra la mujer. Esta Ley otorga ciertos derechos a las víctimas de violencia doméstica. Haga clic aquí para más información. Tenga en cuenta que los nuevos requisitos no brindan ninguna asistencia o preferencia especial para las víctimas de violencia doméstica.

Arrendador de información del taller

Continúe visitando este sitio para conocer los próximos talleres.

¿Más preguntas?

Si tiene preguntas sobre el programa, llámenos al 454-9455 o por correo electrónico a mailto:[email protected].

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